Todos debemos conocer las prohibiciones más importantes que impone esta nueva Ordenanza:
Queremos hacer saber a toda la población de Monte Maíz que a partir del día 12 de Septiembre de 2015, bajo el Decreto Municipal N° 92/2015, queda en PERFECTA VIGENCIA la Ordenanza que regula la utilización de AGROQUÍMICOS dentro del Ejido Municipal.
Todos debemos conocer las prohibiciones más importantes que impone esta nueva Ordenanza:
° No se podrá usar NINGUN tipo de Agroquímico dentro de la Zona Urbana y hasta un límite de 500 mts contados a partir de la última casa habitada, quedando establecida la llamada ZONA DE RESGUARDO AMBIENTAL. Esto implica que tampoco se podrá pulverizar con agroquímicos los valdíos, veredas, patios y espacios públicos.
° Queda terminantemente prohibido dentro de la Zona de Resguardo la circulación, lavado y guarda de todo tipo de maquinarias utilizadas para la aplicación de Agroquímicos.
° Queda terminantemente prohibido el ALMACENAMIENTO de cualquier tipo de agroquímicos en lugares no habilitados para tal fin (por ej; garajes, tinglados, galpones) dentro de la Zona Urbana. No obstante esto, los locales que cuentan con Habilitación, tendrán un año de plazo para reubicarse en la Zona que establecerá el nuevo plan de Reordenamiento Urbano.
Todo vecino tiene DERECHO a DENUNCIAR cualquier falta o violación a estas cláusulas de la Ordenanza. Pueden hacerlo por escrito o llamando al número de la oficina de Medio Ambiente Municipal 15412650 que estará disponible las 24 hs. Cabe aclarar que se reservará la identidad del denunciante.
ES IMPORTANTE QUE TODOS DEFENDAMOS ESTA ORDENANZA QUE FUE CREADA PARA PROTEGER EL AMBIENTE EN QUE VIVIMOS Y CUIDAR LA SALUD DE TODOS LOS HABITANTES.
RED DE PREVENCION AMBIENTAL
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